miércoles, 5 de abril de 2017

¿Se pueden casar dos primos hermanos?

¿Se pueden casar dos primos hermanos?
Un pastor nos llamó para preguntarnos si, a la luz de las enseñanzas Bíblicas, dos personas que son primos hermanos pueden casarse.
Trataremos de ser lo más fieles a lo que la Palabra de Dios dice. Por lo tanto, lo primero y fundamental que debemos preguntarnos es: ¿Dónde enseña la Biblia algo relacionado con el parentesco permitido o prohibido para el matrimonio? El pasaje más claro es Levítico 18:6-18 el cual dice: “Ningún se llegue a parienta próxima alguna, para descubrir su desnudez” (v. 6), y a partir del verso 7 se mencionan los parientes próximos que conforman los grados de consanguineidad prohibidos por esta Ley: Padre o madre, v. 7; madrastra o padrastro, v.8; hermana o hermano, v. 9; nieto o nieta, v. 10; hermanastra o hermanastro, v. 11; tía o tío, v. 12-14; nuera o yerno, v. 15; cuñada o cuñado, v. 16; casarse con una mujer y después con su hija o con los nietos de ella o de él, v. 17.
Como podemos observar, se prohíben las relaciones matrimoniales incestuosas (con padres, hijos, nietos, o hermanos), y con otros familiares con los cuales sería difícil establecer una relación de autoridad y sujeción. El comentario de Matthew Henry lo explica así:
   
“El matrimonio es una institución divina, que tiene por objeto la decente y honorable propagación de la raza humana, con la íntima cooperación de una ayuda idónea para el hombre, con lo que la vida humana alcance un bienestar y una efectividad como conviene a la dignidad de la naturaleza del hombre que está por encina de la de las bestias. Estas prohibiciones, además de estar promulgadas por una autoridad incontestable, están en sí mismas muy puestas en razón y equidad, porque: (A) Por el matrimonio, dos personas llegan a ser una sola carne, es decir, como una sola persona; por consiguiente, quienes anteriormente ya eran de algún modo una carne por naturaleza [padre-hijo, hermano-hermana, Tío-sobrina, etc); no podían, sin gran absurdo, hacerse una carne por institución. (B) El matrimonio pone cierta igualdad entre el marido y la mujer. La desigualdad entre amo y criado, entre noble y vasallo, se funda en el consentimiento y la costumbre y, por eso, no hay ningún inconveniente en que desaparezcan al contraer matrimonio, pero la que existe entre padres e hijos, tíos y sobrinas, tías y sobrinos, ya sea por consanguineidad o afinidad, se funda en la naturaleza y no puede, sin alguna confusión, desaparecer por la igualdad que establece el matrimonio. (C) No se prohíbe el matrimonio entre parientes de línea colateral (primos), excepto entre hermanos y hermanas, tanto uterinos, como medios hermanos, como por afinidad (cuñados)… La mayoría de los grados de parentesco prohibidos están descritos claramente; y se establece como regla general que la misma clase de parentesco que impide casarse a una persona por su línea natural o de sangre, se lo impide también por la línea de su cónyuge (suegra, cuñada, etc), puesto que ambos son una sola carne. Pero la ley que prohíbe casarse con una cuñada (v. 16) tenía una excepción peculiar del pueblo de Israel, ya que, si un hombre casado moría sin dejar descendencia, su hermano o el pariente más próximo debía casarse con la viuda, y levantar descendencia al nombre de su hermano (Dt. 25:5), para que no se extinguiera la línea familiar ni pasase a manos ajenas la hacienda de aquella casa”[1].

De manera que las relaciones matrimoniales entre personas que tuvieran ya una relación familiar sanguínea de primera línea no era permitida (no se podían convertir dos veces en una misma carne), y a la vez, se prohibían las relaciones entre personas que por razón de su relación familiar (de sangre o relación) estorbaba los roles de autoridad y sujeción.
Ahora, a parte de las Sagradas Escrituras es necesario tener en cuenta que la “ medicina moderna confirma que en los matrimonios entre parientes cercanos, las debilidades físicas o mentales de los padres a veces se aumentan en los hijos”[2]. Por esa razón, los médicos recomiendan que se eviten al máximo los matrimonios entre primos.

Además, se debe tener en cuenta los aspectos culturales. Recordemos que el apóstol Pablo nos dice que aunque todo nos es lícito, no todo conviene, en especial cuando vamos a ser piedra de tropiezo para otros. Hay culturas en las cuales los matrimonios entre primos hermanos no es bien visto, y el creyente debe evitarlo para no ofender la conciencia de los demás, y en especial, para no ser causa de que otros aborrezcan el evangelio por dicho matrimonio

Adicionalmente, se deben tener en cuenta las leyes civiles. El apóstol Pablo nos manda a someternos a las autoridades civiles y militares, las cuales han sido establecidas por Dios. De manera que si en una nación o región se prohíbe el matrimonio entre primos, entonces esto se debe evitar.

Finalmente, la humanidad ha crecido y se ha extendido tanto, a través de diversas familias que ya no guardan relaciones sanguíneas cercanas, que no se justifica que dos primos (los cuales son casi como hermanos), se unan en matrimonio.



[1] Henry, Matthew. Comentario Bíblico. Página 130
[2] MacDonald, William. Comentario Bíblico. Página 73